La polémica sanción a Mo Katir: 4 años de suspensión por «tampering»
La entidad Sport Resolutions, encargada de tramitar los procedimientos disciplinarios de World Athletics, ha impuesto una sanción de 4 años de suspensión al atleta español Mohamed Katir (Mo Katir) por una infracción del artículo 2.5 del reglamento antidopaje, conocida como «tampering» (manipulación o intento de manipulación del proceso de control de dopaje).
El incidente que originó la sanción
La acción de «tampering» se produjo el 28 de febrero de 2023, cuando Katir modificó la fecha de un viaje de avión a Portugal en la reserva y el billete, después de informar a la Agencia Internacional de Atletismo (AIU) que había viajado a esa ciudad en una fecha diferente. Este incidente coincide con el primer fallo de localización del atleta, que había informado de su paradero de manera incorrecta.
La versión de Mo Katir
En un comunicado, Katir asegura que la modificación de la fecha en la reserva y el billete de avión fue un intento de dar una explicación al hecho de que no se encontraba en su domicilio cuando se intentó realizar un control fuera de competición. El atleta afirma que su intención no era subvertir ni alterar el procedimiento antidopaje, sino justificar su ausencia en determinado día, hora y lugar.
La respuesta a la sanción
Katir valora apelar esta decisión y manifiesta que «reconocí el error cometido en su momento y acepté la sanción que se me impuso, acorde a los hechos sucedidos y a la normativa aplicable. Sin embargo, considero que cualquier sanción adicional debe ser cuidadosamente analizada para garantizar que sea justa y proporcional a las circunstancias del caso».
La sanción actual y su posible recurso
La sanción de 4 años de suspensión se suma a la sanción vigente por infracción de localización, que ya había comenzado a contar desde el 7 de febrero de 2024. Katir se puede apelar esta decisión ante el Tribunal de Arbitraje en Deportes (TAS-CAS) en un plazo determinado.
Reacciones y opiniones
La comunidad deportiva se encuentra dividida en cuanto a la sanción impuesta a Mo Katir. Algunos consideran que la sanción es justa y proporcional a los hechos, mientras que otros opinan que es excesiva y no tiene en cuenta las circunstancias particulares del caso.
Consecuencias y perspectivas futuras
La sanción de 4 años de suspensión puede tener consecuencias significativas en la carrera deportiva de Mo Katir. Aunque el atleta valora apelar la decisión, la carga de la prueba recae en él para demostrar que la sanción no es justa. En cualquier caso, la comunidad deportiva sigue de cerca el desarrollo de este caso y sus posibles implicaciones en el futuro del atletismo.
- Fecha del incidente: 28 de febrero de 2023
- Sanción impuesta: 4 años de suspensión
- Fecha de inicio de la sanción: 7 de febrero de 2024
- Possibilidad de recurso: Sí, ante el TAS-CAS